Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá
La Dirección Distrital de Impuesto de Bogotá determina los obligados a suministrar información exógena y el contenido y características de la misma.
La Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá expidió la Resolución en la que determinó los obligados a suministrar la información exógena asociada a sus operaciones u operaciones realizadas por terceros durante el año gravable 2023. La información suministrada deberá cumplir con las características y condiciones establecida por la Entidad en este Acto Administrativo.
Así las cosas, los responsables de suministrar la información exógena deberán cumplir con su obligación del 19 al 30 de agosto del 2024, de acuerdo con el último dígito del número de identificación.
Es importante mencionar que, si no se llega a suministrar la información requerida, dentro del plazo adecuado se incurrirán en las sanciones contenidas en el artículo 24 del Acuerdo 27 de 2001, modificado por el artículo 9° del Acuerdo 756 de 2019 o en el artículo 651 del Estatuto Tributario.
Concejo de Bogotá, D.C
Se aprueba y sanciona el Plan Distrital de Desarrollo para los años 2024 al 2027.
El Concejo de Bogotá D.C. decide adoptar el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas, y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D.C., para el período 2024 al 2027.
En ese sentido, las novedades en materia tributaria informadas en el boletín remitido el 28 de mayo del 2024, que habían sido propuestas por la Alcaldía de Bogotá en el que Proyecto de Acuerdo No. 368 del 2024 fueron aprobados en su mayoría, toda vez que no se aprobó el impuesto de alumbrado público propuesto en el proyecto presentado.
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